Señores Sostenedores
La Ley N°21.196, publicada el 21.12.2019, establece que, dentro del mes de septiembre 2020, se debe realizar el pago del Aguinaldo Fiestas Patrias (art. 5° y art. 8ª), siendo los beneficiados los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada (3166), no siendo parte de este proceso, los funcionarios del sector Municipal y Particulares Pagados.
El pago del Aguinaldo corresponde a aquellos trabajadores que cuenten con contrato vigente al 31 de agosto 2020. Los trabajadores con contrato a honorarios no son considerados en este beneficio, por lo que no les corresponde pago.
No corresponde el pago de Aguinaldo a los Sostenedores de los establecimientos educacionales. En tanto que, para los Representantes Legales de las EIRL, el pago queda sujeto al dictamen de la Dirección del Trabajo N° 4.823 de fecha 11.11.2003 y ORD. Nª 424 de fecha 09.05.2014, del Director Regional del Trabajo de la Región de Coquimbo.
Para los docentes y asistentes de la educación que se desempeñan en el sector municipal y reciban el Aguinaldo a través de este, no corresponde que perciban el aguinaldo por un establecimiento particular subvencionado o de administración delegada.
Quienes perciban maliciosamente este bono que otorga esta ley, deberán restituir quintuplicada la cantidad recibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles (Art. 12 Ley 21.196).
Rendición de Cuentas
Realizado el pago del Aguinaldo Fiestas Patrias 2020, se debe realizar la rendición de cuentas de estos recursos mediante aplicativo que se encontrará en sitio comunidad escolar, siendo este el único medio para efectuarla, para lo cual existe plazo hasta el 23 de octubre 2020 a las 16:00 horas. El no realizar la rendición o hacerlo fuera del plazo establecido, será informado a la Superintendencia de Educación.
En caso que deba realizar reintegro, debe solicitar las instrucciones del Coordinador de Pago Subvenciones del Departamento Provincial que corresponde al establecimiento. Para esta acción, así como para realizar la rendición de cuentas en línea, los sostenedores tienen plazo hasta el 23 de octubre 2020 a las 16:00 horas.
Atentamente
Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación