De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 3880 que regula la entrega de recursos para el apoyo al Retorno Seguro de los establecimientos subvencionados, cada sostenedor que haya recibido fondos de este programa a través de la Resolución N° 4579, debe declarar obligatoriamente los establecimientos que estuvieron abiertos durante el mes de agosto. Por lo tanto, el MINEDUC ha dispuesto la plataforma de declaración en el sitio tramites.mineduc.cl la cual está disponible para efectuar esta declaración hasta el 15 de octubre de 2021.
Las instrucciones para declarar se encuentran disponibles -> Aquí
División de Planificación y Presupuesto