Dentro del marco normativo vigente Ley N°21.109 Art. 50 y 51, el Decreto N°123/2019 y la Ley de Reajuste para el sector público año 2023, el próximo viernes 20 de enero de 2023 se abrirá el proceso para eventuales apelaciones a que se refiere el Reglamento en su inciso tercero, artículo 4°, respecto a los 5 días para impugnar los actos administrativos que determinan a los asistentes de la educación beneficiados con el pago del Bono por Desempeño Laboral correspondiente al periodo 2022-2023.
Plazos: Este proceso estará habilitado desde el viernes 20 de enero del 2023 al jueves 26 de enero del 2023, ambas fechas inclusive.
Formato: El ingreso de la información debe ser en una planilla excel que considere todos los AAEE que solicitan revisión del beneficio o cálculo. En esta planilla deben venir los datos necesarios para validar si es o no beneficiario/a.
Este proceso es complementario al proceso anteriormente habilitado con fechas martes 03 al lunes 09 de enero, por lo que, si usted ya había apelado anteriormente, no debe repetir dicho proceso, sólo debe usar esta instancia en caso de no haberlo hecho antes o en la eventualidad que requiera cambiar la apelación anterior, en cuyo caso esta última quedará como definitiva.
Para lo anterior debe descargar este archivo excel, completarlo, y cargarlo en el formulario digital de consulta. No se aceptarán consultas que no respeten el archivo aquí disponible.
Se solicita que el nombre del archivo sea el RUT del Sostenedor.
Formulario digital: una vez completado tendrá que descargar el comprobante que registra la fecha de ingreso de la planilla en excel y el nombre del archivo, este mismo documento le llegará al mail registrado por Ud.
Por último, el ingresar esta solicitud abre un proceso de consulta donde los casos serán validados y revisados, para posteriormente definir si son sujetos de pago o no. Dependiendo de la cantidad de solicitudes ingresadas se definirán las próximas fechas y plazos del proceso.
Esta es la única instancia de apelación en términos de forma y plazos, por lo que, no se aceptaran archivos por correo electrónico u otro medio. Se recuerda que los plazos están estipulados por Ley.
Unidad de Bonos