Atención Sostenedores de establecimientos particulares subvencionados y administración delegada (3166):
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 y art. 8 de la Ley N° 21.647 se concede un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2024, a los trabajadores que, al 31 de agosto del año en curso tengan contrato vigente.
Desde el viernes 2 al 23 de agosto 2024 hasta las 15:00 horas, se encontrará disponible el sistema de captura de datos para el pago del Aguinaldo de fiestas patrias año 2024.
Para que el Mineduc transfiera los recursos para pagar estos bonos, se debe ingresar con el perfil del establecimiento en el sitio comunidad escolar, y seleccionar el link procesos de bonos y aguinaldos, luego de lo cual se despliega aplicativo para estos efectos, en el cual se debe indicar los tramos de renta de sus trabajadores sólo para aquellos de plantas o a contrata. No corresponde informar personal a honorarios.
El sistema tiene cargada la información de los docentes y asistentes de la educación que fue entregada por el sostenedor en el proceso de idoneidad docente y asistentes de la educación.
En caso de que el usuario requiera incorporar a un funcionario que no esté en el aplicativo deberá incorporarlo en SIGE, una vez ingresado deberá ir al aplicativo de bonos y aguinaldo estará la pestaña Sincronizar Personas, una vez que revise y este correcto lo que quiere sincronizar debe presionar el botón sincronizar datos.
De no efectuar la declaración del aguinaldo dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirán dicho beneficio.
¡Importante! Este es el único medio para declarar la información.
No olvidar al momento de declarar, se debe imprimir el comprobante de declaración. Si se detecta algún error puede por intermedio de este aplicativo habilitar la declaración realizada, luego rectificar y volver a declarar. El sistema tomara para su pago la última información declarada.
Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación