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Calendario para Ingreso y Declaración de Asistencias, abril 2020
27/04/2020

El sistema de declaración de asistencias a través de Internet (SIGE) se encontrará habilitado para el ingreso y declaración de asistencias a contar del día 01 de mayo a las 00:00 horas y hasta el 05 de mayo de 2020 a las 17:00 horas.

IMPORTANTE: Debido a la suspensión de clases que decretó la autoridad a raíz de la emergencia sanitaria (COVID-19) que vive el país, se han bloqueado los días desde el 01 al 30 de abril de 2020.

No obstante lo anterior, TODOS LOS SOSTENEDORES deberán declarar asistencia del mes de abril, incluso cuando la asistencia sea cero, de igual manera debe ser declarada, de acuerdo con lo señalado en el Art. 14 del Decreto N° 8144 de 1980.

De no efectuar la declaración del mes de abril 2020 dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirán la subvención correspondiente al mes de mayo 2020.

El ingreso y declaración de asistencias de los establecimientos educacionales deberá efectuarse por el sistema SIGE, siendo este el único mecanismo para realizarla.

Ingrese aquí a la aplicación SIGE

A fin de atender consultas en relación con el uso del SIGE, se ha habilitado una mesa de ayuda a través del fono 600 600 26 26, el cual estará disponible en horario de oficina. También puede contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación correspondiente a su comuna.

Señor Sostenedor, recuerde que para ingresar las asistencias de meses anteriores, debe ingresar a SIGE con el RBD y clave RBD.

Mientras que para poder efectuar su declaración de asistencias, debe utilizar el RUT del Sostenedor y clave Sostenedor.

Al declarar por SIGE se recomienda que al finalizar el proceso, revise su comprobante de declaración para verificar que los datos declarados estén correctos, si detectan alguna inconsistencia, el Sostenedor podrá habilitar el sistema nuevamente por intermedio de su perfil (para mayores antecedentes consulte el instructivo de declaración), para luego, nuevamente con el perfil de establecimiento corregir la información y esta deberá ser declarada por el Sostenedor e imprimir su nuevo Comprobante (El Comprobante de declaración anterior a este proceso quedará invalidado).  

Se recuerda que todos los cursos deben encontrarse habilitados para que sean considerados en el proceso de subvenciones, por lo anterior, debe revisar esta condición antes de realizar la declaración de Asistencias. Para esto, debe acceder a SIGE con el perfil del establecimiento, y en la opción Asistencias>>Procesos Relacionados>>Habilitación de Cursos, en donde podrá revisar los cursos que tienen habilitado para cada tipo de enseñanzas y nivel, e indicar aquellos que corresponden a los autorizados para pago por parte del SEREMI. En caso de que requiera asistencia con este módulo o su contenido, debe contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación.  
 
Atentamente  
Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación    
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