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Calendario para Ingreso y Declaración de Asistencias, diciembre de 2019
27/12/2019

Calendario para Ingreso y Declaración de Asistencias, diciembre 2019

  • Ingreso y Declaración de Asistencias Electrónica, diciembre 2019

Para el presente mes, el ingreso y declaración de asistencias de los establecimientos educacionales deberá efectuarse por el sistema SIGE, siendo este el único mecanismo para realizarla.

El sistema de declaración de asistencias a través de Internet (SIGE) se encontrará habilitado para el Ingreso y declaración de asistencias a contar del día 01 de enero a las 00:00 horas y hasta el 03 de enero de 2020 a las 18:00 horas.

Ingrese aquí a la aplicación SIGE (http://sige.mineduc.cl  )

En el caso de los establecimientos que cuenten con Internado, deberán solicitar formato en el Departamento Provincial de su jurisdicción, para informar las asistencias correspondientes al internado.

A fin de atender consultas en relación con el uso del SIGE, se encuentra habilitada una mesa de ayuda a través del fono 600 600 26 26, el cual estará disponible en horario de oficina. También puede contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación correspondiente a su comuna.

Señor Sostenedor, recuerde que para ingresar las asistencias de meses anteriores, debe ingresar a SIGE con el RBD y clave RBD.

Mientras que para poder efectuar su declaración de asistencias, debe utilizar el RUT del Sostenedor y clave Sostenedor.

Al declarar por SIGE se recomienda que al finalizar el proceso, revise su Comprobante de Declaración para verificar que los datos declarados estén correctos, si detectan alguna inconsistencia, el Sostenedor podrá habilitar el sistema nuevamente por intermedio de su perfil (para mayores antecedentes consulte el instructivo de declaración), para luego, nuevamente con el perfil de establecimiento corregir la información y esta deberá ser declarada por el Sostenedor e imprimir su nuevo Comprobante (El Comprobante de declaración anterior a este proceso quedará invalidado).

De no efectuar la declaración del mes de diciembre dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirán la subvención correspondiente al mes de enero 2020.

Es preciso recordar que, todos los establecimientos educacionales deben, declarar, aunque tengan cero asistencia, a fin de ajustar las asistencias medias según lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley Nº 21.196.

Se recuerda que todos los cursos deben encontrarse habilitados para que sean considerados para efectos de pago de subvenciones, por lo anterior, debe revisar esta condición antes de realizar la declaración de Asistencias. Para esto, debe acceder a SIGE con el perfil del establecimiento, y en la opción Asistencias>>Procesos Relacionados>>Habilitación de Cursos, en donde podrá revisar los cursos que tienen habilitado para cada tipo de enseñanzas y nivel, e indicar aquellos que corresponden a los autorizados para pago por parte del SEREMI. En caso de que requiera asistencia con este módulo o su contenido, debe contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación.

Atentamente

Coordinación Nacional de Subvenciones

Ministerio de Educación

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