En el marco de la incorporación de estudiantes al incremento de la subvención de educación especial (ISEED) en escuelas especiales que educan alumnos/as en cursos de hasta 8 estudiantes
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 21.405 se concede un bono de escolaridad no imponible ni tributable por cada hijo, entre cuatro y veinticuatro años, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. N° 150 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Se informa que a partir del día 01 de marzo a las 00:00 hrs. estará habilitada la plataforma para la declaración del Comprobante de Ingreso a Caja (CIC) correspondiente a los ingresos recepcionados por subvenciones educacionales del mes de febrero 2022, para así dar cumplimiento a lo establecido en la resolución 30 de la Contraloría General de la República.
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 21.405 se concede un Bono de Escolaridad no imponible ni tributable por cada HIJO, entre cuatro y veinticuatro años, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. N° 150 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Con el fin de entregar información clara y sencilla sobre cómo actuar en presencia de casos de Covid-19 o de contactos estrechos, el Ministerio de Educación pone a disposición de las comunidades educativas una infografía con el Protocolo de Alerta Temprana en contexto de Covid-19.
Dirección de Educación Pública en conjunto con el Ministerio de Educación, convocan al Plan de Ayuda para el Retorno a Clases “Yo confío en mi Escuela”