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Declaración Aguinaldo Navidad 2022
20/12/2022

El proyecto de Reajuste aprobado por el Congreso establece que, se debe realizar el pago del Aguinaldo Navidad siendo los beneficiados los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y Administración Delegada (3166), no siendo parte de este proceso, los funcionarios del sector Municipal y Particulares Pagados.

Se ha habilitado el sistema de captura de datos para el pago del aguinaldo de navidad,

desde el 20 de diciembre hasta el 30 de diciembre a las 12:00 horas IMPOSTERGABLEMENTE del año en curso, se encontrará disponible el sistema de captura de datos para el pago del Aguinaldo de navidad 2022.

Para acceder a esta aplicación debe ingresar a la zona privada del Establecimiento, utilizando RBD y clave del establecimiento, en pestaña destacada se encuentran destacados el Link “Bonos y Aguinaldos” para ingresar la información requerida y así dar curso a estos procesos.

El sistema tiene cargada la información de los Docentes y Asistentes de la Educación que fue entregada por el Sostenedor en el proceso de Idoneidad Docente y Asistente en SIGE.

Cabe hacer presente, que deben ser informados en este proceso aquellos trabajadores de establecimientos particulares subvencionados y administración delegada que cuenten con contrato de planta o a contrata vigente a la fecha de publicación de la Ley, por lo que no son parte de él quienes cuenten con contratos a honorarios.

La normativa establece que se han de considerar las rentas de los trabajadores al mes de noviembre 2022.

En caso de que el Establecimiento requiera incorporar a un funcionario, deberá realizarlo en el aplicativo de captura, en la opción de “Agregar/Editar Docentes/Asistentes”, luego de lo cual inmediatamente, debe aparecer en el aplicativos la actualización realizada. Lo mismo se aplica en el caso que requiera eliminar algún funcionario.

No olvidar al momento de declarar, que se deben imprimir el comprobante de declaración del Aguinaldo de Navidad. Si se detecta algún error puede corregirlo, por intermedio de este aplicativo, para lo cual debe seleccionar opción rectificar, por cada Rectificación, es necesario realizar una nueva declaración.

El sistema considerará para su pago la última información declarada.

Este es el único medio para declarar la información de este proceso.

IMPORTANTE: De no efectuar la declaración del Aguinaldo de Navidad, dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirá este beneficio.

En aquellos casos que presente rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores, no se cursará el pago, situación que se regularizara, una vez que la rendición sea presentada y aprobada por el Deprov. respectivo.

Atentamente

Coordinación Nacional de Subvenciones Ministerio de Educación

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