El proyecto de Ley de Reajustes del Sector Público 2024, que se encuentra actualmente en trámite en el Congreso, contempla el pago de Aguinaldo de Navidad siendo beneficiados los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y Administración Delegada (3166), no siendo parte de este proceso, los funcionarios del sector Municipal y Particulares Pagados.
Atendiendo a lo anterior, se ha habilitado el sistema de captura de datos para el pago del aguinaldo de navidad 2023, desde el 19 de diciembre a las 12:00 hrs, hasta las 12:00 hrs. del 26 de diciembre del presente año.
Para acceder a este aplicativo, debe ingresar a la zona privada del Establecimiento, utilizando RBD y clave del establecimiento, en pestaña destacada se encuentra el Link “Bonos y Aguinaldos” para ingresar la información requerida y así dar curso a estos procesos.
El sistema tiene cargada la información de los Docentes y Asistentes de la Educación que fue entregada por el Sostenedor en el proceso de Idoneidad Docente y Asistente en SIGE.
Cabe hacer presente, que deben ser informados en este proceso aquellos trabajadores de establecimientos particulares subvencionados y administración delegada que cuenten con contrato de planta o a contrata vigente a la fecha de publicación de la Ley, por lo que no son parte de él quienes cuenten con contratos a honorarios.
La normativa establece que se han de considerar las rentas líquidas de los trabajadores al mes de noviembre 2023.
En caso de que el Establecimiento requiera incorporar a un funcionario, deberá realizarlo en el aplicativo de captura, en la opción de “Agregar/Editar Docentes/Asistentes”, luego de lo cual inmediatamente, debe aparecer en el aplicativos la actualización realizada. Lo mismo se aplica en el caso que requiera eliminar algún funcionario.
No olvidar al momento de declarar, que se debe imprimir el comprobante de declaración del Aguinaldo de Navidad. Si se detecta algún error, puede corregirlo por intermedio de este aplicativo, para lo cual debe seleccionar opción rectificar, por cada Rectificación, es necesario realizar una nueva declaración.
El sistema considerará para su pago la última información declarada.
Cabe hacer presente este es el único medio para declarar la información de este proceso.
IMPORTANTE: De no efectuar la declaración del Aguinaldo de Navidad dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirá los recursos para el pago de este beneficio.
En aquellos casos que presente rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores, no se cursará el pago; situación que se regularizará una vez que la rendición sea presentada y aprobada por el Deprov. respectivo.
Finalmente, hay que mencionar que el pago se materializará una vez se encuentre totalmente tramitada y publicada la Ley de Reajustes del Sector Público en el Diario Oficial, y se cuente con todos los Actos Administrativos asociados.
Atentamente
Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación