De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 23 y 35 de la Ley de Reajuste N.º 21.724, publicada el 03 de Enero de 2025, se establece el pago del Bono Especial y el Bono de Vacaciones. Estos beneficios están destinados a los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada (código 3166). Cabe destacar que los funcionarios de establecimientos Municipales y Particulares Pagados no están considerados en este proceso.
Con base en lo anterior, se ha habilitado el sistema de captura de datos para gestionar los pagos del Bono Especial y el Bono de Vacaciones 2025. El sistema estará disponible desde el 7 de enero de 2025 hasta las 12:00 hrs del 14 de enero de 2025.
Instrucciones para el proceso
Para que el MINEDUC transfiera los recursos destinados a estos bonos, los sostenedores deberán:
- Acceso al sistema: Ingresar al sitio Comunidad Escolar utilizando el perfil del establecimiento.
- Selección de proceso: Seleccionar el enlace Procesos de Bonos y Aguinaldos, donde se desplegará el aplicativo correspondiente.
- Declaración de datos: Registrar la información de los tramos de renta únicamente para trabajadores de Planta o Contrata. No corresponde incluir al personal contratado a honorarios.
El sistema ya contiene la información de los docentes y asistentes de la educación proporcionada previamente por el sostenedor durante el proceso de Idoneidad Docente y Asistente en SIGE.
Si fuera necesario incorporar a un funcionario no registrado en el aplicativo:
- Ingréselo previamente en SIGE.
- Luego, utilice la pestaña Sincronizar Personas en el aplicativo de bonos y aguinaldos.
- Una vez confirmada la información, presione el botón Sincronizar Datos para actualizar el registro.
Consideraciones importantes
- Rentas líquidas: La normativa exige que se consideren las rentas líquidas de los trabajadores correspondientes al mes de noviembre de 2024. Los montos de renta a considerar para determinar el tramo de cada trabajador los puede consultar en la tabla (ver aquí).
- Declaración de los bonos: Al realizar la declaración, imprima los comprobantes de declaración. Si detecta algún error, puede corregirlo utilizando la opción Rectificar en el aplicativo. Cada rectificación requerirá una nueva declaración. El sistema procesará el pago con base en la última información declarada.
- Plazo de declaración: Este es el único medio habilitado para declarar la información de este proceso. La no declaración dentro de los plazos establecidos implicará que no se recibirán los recursos para el pago de estos beneficios.
- Rendiciones pendientes: Si existen rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores, el pago no será cursado. Esto se regularizará únicamente una vez que la rendición sea presentada y aprobada por el Deprov correspondiente.
En caso de requerir asistencia con el sistema o el proceso, contacte al Coordinador Provincial de Pago de Subvenciones correspondiente.
Agradecemos su atención y cumplimiento con este proceso.
Coordinación Nacional de Subvenciones