Estimados/as sostenedores/as
Atendiendo al estado emergencia sanitaria originado por la actual pandemia COVID-19, para el presente año escolar el cálculo para el pago de subvenciones se realiza en base a lo establecido en la ley de presupuesto del año 2021 (ley 21.289).
Este mecanismo se fundamenta en la existencia de condiciones de pandemia que permiten el uso y aplicación de la glosa 03 del Programa 20 (Ley 21.289) que establece como máximo 15 días para no considerar los días que haya habido baja asistencia, pudiendo incrementarse transitoriamente por el año 2021 previa autorización de la Dirección de Presupuestos, habiéndose obtenido ya dicha autorización mediante oficio N° 557, lo que establece que la autoridad puede invocar su uso solo aduciendo al estado emergencia sanitaria, situación vigente a la fecha. Por lo tanto, para efectos del cálculo de subvenciones debe aplicarse el art 5° inciso 2 del decreto N°306, el cual permite usar el procedimiento del inciso 4° del art 13° del DFL N°2/1998 en caso de no existir uno de los argumentos base del cálculo.
El procedimiento considera que en el caso de los establecimientos educacionales que hayan registrado asistencia ostensiblemente baja respecto de marzo 2020 o CERO en marzo 2021 y que cuenten con nueva estructura de cursos o cursos nuevos distintos al 2021, podrá aplicarse el procedimiento descrito en la normativa mencionada más arriba.
Es necesario mencionar que la aplicación del glosa 03 del Programa 20 (Ley 21.289) indica que “En ningún caso estas normas de excepción, podrán significar duplicación del pago de las subvenciones educacionales, por un mismo alumno, para uno o más sostenedores.”, lo que se cumple al considerar dentro del mecanismo para determinar la asistencias de reemplazo, las matrículas del año 2021, las que considera los alumnos vigentes para el presente año y el sistema SIGE valida que no se encuentren matriculados en más de un establecimiento durante el mismo periodo.
Los montos determinados para el pago del presente mes pueden ser consultados a través de la liquidación web (link), y en caso de precisar mayor información respecto al mecanismo de pago utilizado pueden contactar al coordinador de pago de subvenciones del Departamento Provincial de Educación al que corresponde su establecimiento.