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TER 2024 – Transporte Escolar Rural

Se informa que de acuerdo a la Resolución Exenta N° 3680 del 5 de abril de 2024, se extiende el plazo para postular al Concurso de Transporte Escolar Rural, hasta las 23:59 del 12 de abril del presente.

El objetivo general del presente concurso es financiar proyectos presentados por sostenedores, que permitan el transporte escolar de alumnos y alumnas entre su hogar y los establecimientos educacionales regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998 y por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, ambos del Ministerio de Educación, en los que se encuentren matriculados. Los proyectos deben beneficiar a establecimientos educacionales ubicados en comunas que correspondan a zonas rurales de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto N° 118, de 2011, del Ministerio de Educación y comunas consideradas por el Ministerio de Educación en situación de aislamiento crítico.

Marco Normativo

Para atender consultas sobre la postulación, favor escribir al correo del coordinador correspondiente a su región.

REGIONCOORDINADOR(A) 2023e-mail
TarapacáCamila Roblescamila.robles@mineduc.cl
AntofagastaSergio Merino DíazSergio.merino@mineduc.cl
AtacamaSebastian Herrera Narriassebastian.herrera@mineduc.cl
CoquimboCamila Moriscamila.moris@mineduc.cl
ValparaísoBruno Marchelli Castrobruno.marchelli@mineduc.cl
O’HigginsMilisen Riveramilisen.rivera@mineduc.cl
MauleGabriel Roco Véliz
Alejandra Torres
Gabriel.roco@mineduc.cl
alejandra.torres@mineduc.cl
BíoBioRuben UlloaRuben.ulloa@mineduc.cl
AraucaníaHugo Hernández BurgosHugo.hernandez@mineduc.cl
De Los LagosTulio Scheihing Harvestulio.scheihing@mineduc.cl
AysénPaula Stone paula.stone@mineduc.cl
MagallanesAndrea Isabel Alvarado Mansillaandrea.alvarado@mineduc.cl
R.MCamilo Gonzálezcamilo.gonzalez@mineduc.cl
Los RíosRubén Castilloruben_a.castillo@mineduc.cl
Arica y ParinacotaAlejandro Zambranoalejandro.zambrano@mineduc.cl
ÑubleAlejandro Mallaalejandro.malla@mineduc.cl

Etapas del Proceso

La entrega de estos fondos considera un conjunto de etapas sucesivas conformadas por las siguientes fases:

Fase 1.- Postulación de los Proyectos

La postulación al Concurso de Transporte Escolar Rural (TER) deberá hacerse a través de la página web en https://transporterural.mineduc.cl ingresando al trámite llamado: TRANSPORTE ESCOLAR RURAL (TER) 2024, a partir del 22 de marzo y se encontrará abierta hasta el 12 de abril de 2024.

Pinche aquí para descargar el Manual Postulación TER 2024.

Fase 2.- Evaluación de los Proyectos

Plazo: Desde el 15 al 23 de abril.

Fase 3.- Acto Administrativo de Adjudica

Estos resultados serán publicados en la web www.comunidadescolar.cl
Además, en esta etapa se publicará la Lista de Espera

Fase 4.-Entrega de Convenios suscritos

Plazo: Dentro de 30 días corridos siguientes al último día de la Publicación de la Adjudicación de los Fondos Concursables.

Fase 5.- Ejecución del proyecto

La ejecución del proyecto se iniciará una vez que se encuentre totalmente tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio.

Fase 6.- Entrega de Informes

Las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe de Programación al Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional de Educación respectiva, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio. La entrega de este informe y su aprobación será condición para la realización de la transferencia de la primera cuota.

Del mismo modo, se debe entregar un Informe de Avance sobre las actividades desarrolladas durante los primeros cuarenta y cinco (45) días de ejecución del proyecto adjudicado. Este informe se entregará dentro de los quince (15) días corridos siguientes al plazo indicado y una vez que se haya tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio, en los casos que corresponda, y será condicional para la transferencia de la segunda cuota.

Además, las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe Final dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al vencimiento del plazo establecido para la ejecución del proyecto.

Fase 7.- Rendiciones de gastos

Las instituciones deberán entregar rendiciones de cuentas de los recursos aportados por el Ministerio en las Secretarías Regionales Ministeriales en donde se encuentre emplazado cada establecimiento beneficiario, conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

La Resolución Exenta N°2795 del 7 de marzo de 2024, del Ministerio de Educación, que aprueba las Bases del concurso, podrán ser descargadas en el siguiente link

Proceso del Concurso Transporte Escolar Rural

Los proyectos presentados por los sostenedores o administradores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Que presente en tiempo y forma en la página web del Ministerio de Educación www.comunidadescolar.cl el Formulario de Postulación del Proyecto, la Carta de Compromiso y la Nómina de Alumnos con matrícula vigente en SIGE.
    Para postular deberán completar el formulario de postulación disponible en https://transporterural.mineduc.cl, utilizando preferentemente el explorador Chrome de acuerdo a las instrucciones que se indican.
    Para descargar el Manual Postulación TER 2024 puede hacerlo en el siguiente link
  2. Que la comuna donde se ubique el o los establecimientos educacionales correspondan a aquellas zonas o comunas referidas en el numeral 5 de las bases del concurso.
  3. Que los establecimientos educacionales que sean postulados por su sostenedor o administrador hayan recibido, indistintamente, la subvención de ruralidad o la subvención mínima, a las que se refiere el artículo 12 del DFL N°2, de 1998, aludido, el año anterior a la postulación y que tengan un porcentaje de matrícula rural, que es aquella matrícula correspondiente a establecimientos rurales, mayor o igual a un 14% en relación con su matrícula urbana.
  4. Que el o los vehículos individualizados en la postulación se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones con su autorización vigente. . (Se puede consultar el estado del vehículo en http://apps.mtt.cl/consultaweb/). En el caso de otros medios de transporte, deberán dar cumplimiento a la normativa vigente que los regule al momento de realizarse la postulación.

Los criterios de selección y su ponderación que se consideran para la evaluación son los siguientes:

Pertinencia (10%), este criterio se medirá en base al número de kilómetros recorridos diariamente.

Focalización (30%), este criterio considera dos subcriterios; por un lado, el Índice de vulnerabilidad (IVE) y por otro, el Porcentaje de ruralidad RBD.

Evaluabilidad (10%), este criterio entrega un valor directo de 10% a las comunas consideradas en aislamiento crítico y mide la relación matrícula urbana/rural, para el resto de las comunas.

Relación Costo Beneficio (25%), este criterio evalúa el Costo unitario del proyecto postulado en relación a la cobertura estudiantil.

Presupuesto (15%), este criterio cuantifica la justificación del proyecto, que no requiera aclaraciones y que los usos correspondan a los permitidos en bases del concurso

Sustentabilidad(10%) Aporte propio declarado; vehículos registrados y vigentes en el Ministerio de Transportes.

Una vez concluido el proceso de Evaluación de los proyectos, se publicarán los resultados en la página web www.comunidadescolar.cl

Los adjudicatarios del Concurso contarán con un plazo de treinta días (30) corridos, para presentar los convenios firmados, entregar la garantía que proceda, y toda la documentación requerida para suscripción del convenio en la Subsecretaría Regional Ministerial de Educación respectiva.

El adjudicatario del Concurso suscribirá un convenio con el Ministerio de Educación, a través de sus Secretarías Regionales.

El Ministerio de Educación, a través de las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, en atención a la naturaleza del proyecto, los plazos asociados para la ejecución de los recursos y la relevancia e impacto del beneficio entregado, transferirá los recursos financieros a los adjudicatarios de los proyectos en dos cuotas, las cuales en su totalidad serán equivalentes al total del monto adjudicado por sostenedor y su respectivo proyecto.

La primera cuota del monto adjudicado, equivalente al 50% del total, se entregará dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio, en los casos que corresponda. Esto además estará sujeto a la presentación de un Informe de Programación, cuyo contenido se detalla en el numeral 12 de las presentes Bases, y tras la entrega de la garantía de fiel cumplimiento respectiva, en caso de proceder. Lo anterior estará condicionado a la disponibilidad de recursos según lo establecido en la respectiva Ley de Presupuestos.

La segunda cuota, que comprende el 50% restante, será entregada dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la presentación del informe de avance mencionado en el numeral 12 de las Bases, debiendo el sostenedor estar al día en la obligación de presentar las rendiciones de cuentas respectivas y mantener las garantías vigentes, en caso de proceder.

 

El adjudicatario iniciará la ejecución del proyecto una vez que se encuentre totalmente tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio. El plazo de vigencia de los convenios será de 10 meses, el cual incluye el plazo de ejecución del proyecto que será de 8 meses a contar de la fecha de total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio.

Las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe de Programación al Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional de Educación respectiva, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio. La entrega de este informe y su aprobación será condición para la realización de la transferencia de la primera cuota.

Del mismo modo, se debe entregar un Informe de Avance sobre las actividades desarrolladas durante los primeros cuarenta y cinco (45) días de ejecución del proyecto adjudicado. Este informe se entregará dentro de los quince (15) días corridos siguientes al plazo indicado y una vez que se haya tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio, en los casos que corresponda, y será condicional para la transferencia de la segunda cuota.

Además, las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe Final dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al vencimiento del plazo establecido para la ejecución del proyecto.

 

Los adjudicatarios del concurso entregarán rendiciones de cuentas de los recursos aportados por el Ministerio en las Secretarías Regionales Ministeriales en donde se encuentre emplazado cada establecimiento beneficiario, conforme a los procedimientos establecidos en el Sistema de Rendición de Cuentas (SISREC) y en la Resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, o la normativa que la reemplace, la que, en el caso de las instituciones públicas, deberá presentarse mensualmente, dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente que corresponda rendir.

En el caso de las instituciones privadas, la rendición de cuentas deberá presentarse en forma trimestral, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al mes que corresponda rendir, conforme a los procedimientos establecidos en el Sistema de Rendición de Cuentas (SISREC). Los plazos para presentar las rendiciones se contarán desde la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio.

Por su parte, el adjudicatario, deberá entregar una Rendición de Cuentas Final, dentro del plazo de treinta (30) días corridos siguientes, al término de la ejecución del convenio, en la que deberá demostrar la ejecución de la totalidad los recursos recibidos, conforme a las instrucciones impartidas en la Resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República o la normativa que la reemplace, en lo que respecta al gasto de los recursos recibidos en virtud del convenio suscrito.

 

Los recursos entregados por el Ministerio de Educación serán única y exclusivamente destinados a financiar la operación y funcionamiento del Proyecto y no podrán ser destinados a gastos de personal, ni de remuneraciones. Tampoco está permitida la compra de vehículos de ningún tipo con parte o el total del aporte ministerial o cualquier otra convención que derive en la compra de los mismos.

El monto transferido deberá ser destinado íntegramente a la ejecución del Proyecto, es decir, al cumplimiento de las metas, objetivos y actividades planteadas en su formulación.

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